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miércoles, 29 de febrero de 2012

Decálogo contra la Reforma Laboral




REAL DECRETO LEY 3/2012, DE 10 DE FEBRERO DE MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DEL MERCADO LABORAL



DECÁLOGO

1. LA REFORMA LABORAL NO ES BUENA, porque el empleo no se genera si no es por crecimiento económico, fluyendo el crédito e invirtiendo en investigación y desarrollo

2. LA REFORMA ES INNECESARIA, porque no ha sido el mercado laboral quien ha generado la crisis, es INOPORTUNA, porque lo que ha que reformar es el modelo productivo, los mercados financieros, y se ha de luchar contra el fraude, es INÚTIL, porque bajo la excusa de “generación de empleo” y “de los cinco millones de desempleados” se ha reformado los derechos laborales y es DESEQUILIBRADA, porque se ha roto el diálogo social.

3. LA REFORMA TIENES DIVERSOS OBJETIVOS, reducir los derechos laborales, romper la paz social y fomentar la conflictividad, favorecer el despido único, barato, rápido (ERE´s expres), contratación temporal y en precario, dividir a la clase trabajadora y rebajar los salarios.

4. ESTA BASADA EN LOS DESPIDOS, INDIVIDUALES Y COLECTIVOS, ampliando y favoreciendo las causas objetivas, facilitando los despidos colectivos (ERE´s) y reduciendo las indemnizaciones de los mismos.

a. Improcedente; 33 días / año trabajado hasta un máximo de 24 meses

b. Procedente; 20 días / año trabajado hasta un máximo de 12 meses



5. SE PUEDEN HACER ERE´s EN LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS, según la Disposición Adicional Segunda, de aplicación del despido por causas económicas, técnicas, organizativas en las AAPP

6. EL ERE, es una decisión unilateral del empresario, si no hay acuerdo en el periodo de consulta y no es necesaria la autorización laboral administrativa y en caso de desacuerdo hay que plantear una denuncia para que el juez decida.

7. LA PRECARIEDAD DE LOS CONTRATOS, por FORMACIÓN Y APRENDIZAJE se podrá realizar con personas de hasta 30 años y se podrá tener mas de un contrato de formación concatenándolo y haciéndose posible hasta los 33 años y EL CONTRATO INDEFINIDO AL EMPRENDEDOR de personas de hasta 30 años y 1 año de prueba, favoreciendo el DESPIDO LIBRE.

8. MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO, pudiendo la empresa modificar por “razones económica, técnicas, organizativas o de producción y las relacionadas con la competitividad, productividad, organización técnica o del trabajo, bajar las retribuciones. MOVILIDAD, FLEXIBILIDAD, CAMBIO DE JORNADA.

9. PREVALECEN LOS CONVENIOS DE EMPRESA SOBRE LOS SECTORIALES, modificándose el contenido mínimo del convenio y eliminándose los plazos máximos de denuncia, y la ULTRACTIVIDAD o prorroga automática de los convenios que caducan ha sido limitada A DOS AÑOS a contar desde el momento en que se denuncia.

10. EL ABSENTISMO LABORAL, extinción del contrato por causas objetivas por el 20% de ausencia en 2 meses consecutivos o el 25% en 4 discontinuos.

¡MOVILIZATE!, NO TE CONFORMES

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